Autoriza a conducir:
- Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500kg. que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor.
- Estos automóviles podrán arrastrar un remolque ligero (MMA hasta 750kg).
- También pueden arrastrar un remolque no liguero (MMA superior a 750kg) siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250kg.
- Triciclos y cuadriciclos de motor. Para conducir triciclos de motor cuya potencia máxima exceda de 15 kW será necesario tener 21 años.
- Ciclomotores y vehículos para personas con movilidad reducida.
- Cualquier vehículo especial y conjunto de los mismos:
* Agrícolas
* No agrícolas, cuya velocidad máxima autorizada no exceda de 40km/h y su masa máxima autorizada no exceda de 3.500kg. Si excede cualquiera de estos límites, se requerirá el permiso de conducción que corresponda a su masa máxima autorizada. El número de personas transportadas, incluido el conductor, no excederá de nueve.
- Este permiso no autoriza a conducir motocicletas con o sin sidecar.
- No obstante, las personas que estén en posesión del permiso B en vigor con una antigüedad superior a tres años, podrán conducir dentro del territorio nacional motocicletas de las que autoriza a conducir el permiso de la clase A1.